Régimen de Pequeño Contribuyente

Podrá emitir facturas hasta por un monto equivalente a Q150,000.00 durante el período de imposición anual, de ser un monto mayor al determinado en la Ley, la Administración Tributaria podrá analizar el caso y trasladarlo al Régimen General de IVA y por ende deberá escoger un Régimen del Impuesto sobre la Renta.

Es muy importante tomar nota que el no emitir factura no lo exime de la presentación de las declaraciones, de lo contrario puede crear omisos que conllevarán el pago de las multas correspondientes.

Será un gusto poderlo asesorar, consulte sin compromiso.

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